El presidente Luis Abinader emitió el Decreto 502-26 que establece un procedimiento administrativo para prevenir, identificar y restringir la importación de mercancías producidas mediante trabajo forzoso, horas antes de que Estados Unidos aplicara un arancel del 12.5% a las importaciones dominicanas .
El decreto faculta a la Dirección General de Aduanas (DGA) a prohibir la importación de mercancías cuando se determine que fueron producidas mediante trabajo forzoso, incluso si ya han zarpado o se encuentran en puertos dominicanos . La DGA puede ordenar la reexportación, destrucción u otras medidas legales, y debe llevar un registro administrativo de las mercancías prohibidas .
Los importadores están obligados a declarar en la Declaración Única Aduanera (DUA) si tienen conocimiento de que las mercancías fueron elaboradas con trabajo forzoso . Para la identificación, se considerarán informes de la OIT y otras fuentes, y el Ministerio de Trabajo elaborará informes técnicos cuando existan indicios .
La medida se produce tras el anuncio de la Administración Trump de aranceles del 10% al 12.5% a 60 países, incluyendo República Dominicana, argumentando esfuerzos insuficientes contra el trabajo forzoso . Aunque el decreto no evitará la aplicación del arancel, constituye una señal de alineamiento con las exigencias estadounidenses .
